Articulo 24. Derechos de los asociados
- Participar en las actividades de la asociacion y eleger y ser elegidos para los cargos directivos del AMPA
- Asistir con voz y voto a las Asambleas que se convoquen
- Ser informado acerca de la composicion de los organos de gobierno y representacion de la asociacion, de su estado de cuentas y del desarrollo de su actividad.
- Ser oido con caracter previo a la adopcion de medidas disciplinarias contra él
- Impugnar los acuerdos de los Órganos de la Asociación que estime contrarios a la ley o los estatutos
- Hacer sugerencias a los miembros de la Junta Directiva en orden al mejor cumplimeitno de los fines de la Asociación
- Elevar propuestas a la Junta Directiva
- Poder formar parte de las comisiones que se constituyan para el mejor cumplimiento de los fines de la Asociación
- A hacer uso de los servicios e infraestructuras comunes que estén a su disposicion.
Artículo 25. Deberes de los asociados
- Compartir las finalidades de la Asociacion y colaborar para la consecucion de las mismas
- Pagar las cuotas, derramas y otras aportaciones que, con arreglo a los estatutos, puedan corresponder a cada asociado
- Cumplir el resto de obligaciones que resulten de las disposiciones estatutarias
- Acatar y cumplir los acuerdos válidamente adoptadas por los órganos de gobierno y representacion de la Asociación